El Boletín Oficial de Castilla y León del 29 de octubre de 2020 publica el Acuerdo por el que se decreta la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León. Desde las 14:00 horas del día 30 de octubre y hasta las 14:00 horas del 9 de noviembre, se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes. g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.   El texto del Acuerdo publicado en el BOCYL puede descargarse pinchando aquí.

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